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REVISORIA FISCAL

Por disposición expresa de la ley 43 de 1990, código de comercio articulo 203 y otras normas concordantes, algunas empresas quedan obligadas a tener revisor fiscal. En la actualidad, lastimosamente la revisoría fiscal ha sido utilizada como un órgano netamente de fiscalización para el gobierno, y no como un órgano preventivo, correctivo y de recomendaciones constantes para la organización. Contamos con contadores públicos con amplia experiencia en el campo de la revisoría fiscal, quienes adicional a las funciones establecidas por ley, brindaran un plus a su empresa como lo es el emitir boletines periódicos de actualización normativa de interés para su organización, cartas de recomendaciones, capacitación a sus empleados, e informes de control así como el dictamen que por ley se debe rendir.

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